domingo, 7 de septiembre de 2014

Una realidad que no admite más antenas

Por Melisa Ruppel
El HCD en la sesión del miércoles

Los fallos judiciales y sus efectos en la Ordenanza 17.130 de Regulación de Instalación de Antenas de Telefonía Celular, han dado que hablar en estos días, causando indignación en los vecinos de Bahía Blanca porque podría dejarse sin efecto la única Ordenanza que regula la instalación de dichas antenas en la ciudad y que promueve la participación ciudadana a través de un Consejo Asesor integrado por representantes académicos, políticos y vecinos. 

La Ordenanza también prevé la creación de un Fondo para actividades de monitoreo y control compuesto por las tasas que abonan las prestatarias que, a su vez, sería destinado a fomentar la investigación y educación sobre el impacto de la electro polución en la calidad de vida y la implementación de mecanismos que protejan a la población de niveles de emisiones de radiaciones no ionizantes perjudiciales para la salud.
El miércoles, en el recinto del Concejo Deliberante, ciudadanos auto convocados presentaron una nota sobre la reciente Resolución de la Sala V de la Cámara del Fuero Federal en lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial de la Nación a cargo de los Doctores GUILLERMO F. TREACY, JORGE FEDERICO ALEMANY y PABLO GALLLEGOS FEDRIANI, en relación a la presentación en la causa TELECOM PERSONAL SA c/ CNC Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA) para exigirle al Ejecutivo municipal que apele el fallo por ser el mismo autoridad de aplicación de la Ordenanza. 
Torre en el Club Hípico. Foto: Facebook No a la antena del
Club Hípico

En su fallo, la Justicia Federal de Buenos Aires ordenó la suspensión de la Ordenanza 17.130 hasta tanto la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) resuelva plazos para implementar cambios en la tecnología, al tiempo que avaló la instalación, la Cámara de Mar del Plata, de la torre de antena en el Club Hípico ubicado en Agustín Álvarez al 3500 de nuestra ciudad, resistida por los vecinos desde abril de este año.
El objetivo general que prevalece en el articulado de la Ordenanza es el de minimizar el impacto de las radiaciones no ionizantes en la población expuesta y mejorar la calidad de la comunicación a través de un mejoramiento de la tecnología utilizada. El artículo 18 de la polémica Ordenanza, que se puede visualizar en su sitios web señala que "en caso de constatarse incumplimientos por parte de las prestatarias, respecto de los condicionantes establecidos en el art. 9º, y cualquier otra cuestión vinculada a la estructura soporte, es de aplicación lo establecido en el Código de Edificación vigente para el Partido de Bahía Blanca, debiéndose tipificar la infracción y el trámite correspondiente proseguirá en el Juzgado de faltas según corresponda”.

En diálogo con la Organización No Gubernamental Salud Ambiental en Acción, sus integrantes aseguraron que "En estos días esperábamos la contestación del Ejecutivo hacia éstas medidas cautelares, la fecha de notificación fue el pasado 16 de agosto, y no se apeló, se venció, entonces la causa no sigue, la entregaron.
También esperamos lo declarado por el Ing. Sebastián Serra, titular de la Agencia Ambiental que tiempo atrás informó que se ‘están comprando todos los equipos tanto para las mediciones y también varios equipos nuevos’, pero en el medio -antes de ver los aparatos nuevos y todo lo prometido- recibimos la mala noticia de un giro judicial de la Sala V de la Cámara de Mar del Plata que avala la instalación de otra torre antena en el Club Hípico de nuestra ciudad. Por lo tanto, no queda claro qué rol cumple la Municipalidad, por un lado está comprando equipos para regularizar la situación y por el otro, no hace nada para que éstas antenas se sigan instalando".

Además de una saturación de torres de antenas en la ciudad, lo visiblemente evidente es que hasta el momento del fallo la Ordenanza no estaba siendo ejecutada. En tanto, el Ejecutivo municipal no estaba intimando a las empresas para que cumplan con los plazos de presentación de planes de adecuación previstos ni tampoco apeló las medidas cautelares presentadas por las mismas. 
Ante este panorama, el Honorable Concejo Deliberante, quien en agosto de 2013 aprobó por unanimidad la ordenanza en cuestión, resolvió este jueves solicitarle al Departamento Ejecutivo que intervenga respaldando la aplicación de la norma.

Cabe recordar que en junio la justicia federal requirió al municipio información sobre los fundamentos de necesidad pública para la aplicación de la Ordenanza a lo que éste respondió enviando los considerandos incluidos en el texto de la norma. El Proyecto de Resolución fue presentado por el concejal Raúl Woscoff del bloque Integración Ciudadana.
Durante la sesión del jueves, Woscoff se mostró sorprendido por el contenido del fallo señalando que "La empresa aduce que es licenciataria de un permiso de carácter nacional en el marco de esa regulación y que por ende, este municipio ha expandido en su competencia propia más allá de lo autorizado. Ese planteo administrativo está radicado en la Comisión Nacional de Comunicaciones desde hace casi un año sin que se resolviera y a partir de ello, resulta de alguna manera sorprendente que la Cámara diga que admite la Medida Cautelar y que se suspenda íntegramente la aplicación de la Ordenanza Nº17.130 hasta que el órgano administrativo se expida sobre el particular".

En ese sentido, agregó que "Aquí evidentemente tenemos dos situaciones preocupantes, tenemos decisiones contradictorias sobre el mismo tema, la Cámara Federal de Bahía Blanca ha rechazado la Medida Cautelar, ha ratificado el criterio en otra decisión ante un planteo de Telefónica Móviles Argentina S.A. con fecha 19 de Junio de 2014 que sostienen que la legitimidad de la Ordenanza no se ve afectada y los plazos presentados para la modificación de las plataformas tecnológicas que deben ser exigidas a las empresas no es arbitraria y que consecuentemente, la Cámara Federal de Bahía Blanca no ha encontrado razones suficientes para admitir la medida cautelar que suspenda la aplicación de la Ordenanza. Sin embargo, en Buenos Aires, la Cámara Contenciosa ha dicho lo contrario y suspender íntegramente la Ordenanza, por lo dicho anteriormente nos parece que es una medida arbitraria porque uno puede entender que existan tipos de razones y cuestionamientos, hasta aspectos opinables sobre la eventual coincidencia de competencias locales y federales más allá de que desde este ámbito hemos sostenido que no los hay pero sin duda hay aspectos que son evidentemente incontratable de competencia local. Cuando la Cámara de Buenos Aires, la V Contenciosa de Mar del Plata suspende íntegramente la Ordenanza de antenas que nos deja a nosotros, al municipio de Bahía Blanca, sin la posibilidad siquiera de implementar un consejo asesor sobre este tema que no veo de qué manera roza la competencia federal. 
La empresa usó dos jurisdicciones para pedir lo mismo, esto va a ver que aclararlo, no nos parece una cuestión menor, y en ese sentido, propiciamos como órgano del Gobierno Municipal, que sanciona la Ordenanza, el Departamento Ejecutivo que tiene a través de la promulgación, la facultad y la obligación de complementar el acto legislativo, tiene ahora la responsabilidad de representar los intereses colectivos y de apelar la decisión en la medida que así lo considere pertinente. Me estoy refiriendo a la cautelar que obtuvo la empresa en Buenos Aires, como así también, presentarse en el trámite administrativo en la Comisión Nacional de Comunicaciones y hacer conocer los dos fallos de la Cámara Federal de Bahía Blanca. Sin más para decir, agradezco el acompañamiento de bloques que adelantaron su opinión favorable a este Proyecto de Resolución", finalizó el concejal.



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